domingo, 28 de abril de 2013

Prevención de riesgos laborales.

Toda empresa con trabajadores debe de cumplir la Ley de Prevención de riesgos Laborales., mediante la realización de:
  1. Informe de valoración.
  2. Puesta en conocimiento de los trabajadores de los riesgos que entraña su desempleo.
  3. Formación en riesgos de cada puesto de trabajo. Firma del documento acreditativo.
    1. Conceptos básicos sobre Seguridad y Salud en el trabajo.
    2. Riesgo Generales y su Prevención.
    3. Riesgos específicos y su Prevención correspondiente a la actividad
    4. Elementos básicos y documentación de gestión de la prevención. 
  4. Revisiones y resolución de incidencia, junto a las notificaciones periódicas.
Riesgos laborales.

miércoles, 24 de abril de 2013

Ley de protección de datos.

En el momento que los datos que se recogen por vía escrita o informática  se hacen necesarias las "medidas de seguridad según LOPD:
Protección de datos.
  1. Alta en la Agencia Española de Protección de Datos.
    1. De pacientes/clientes.
    2. Proveedores.
    3. De recursos Humanos.
  2. Elaborar un documento de seguridad previa auditoria y evolución del mismo mediante auditoria bianual (interna o externa).
    1. Medidas, normas y procedimientos de seguridad.
  3. Designación de un responsable de Seguridad.
  4. Adaptación a la LOPD.
    1. Documentos de información al personal.
    2. Acceso de entrevistas de candidatos.
    3. Consentimiento de proveedores.
    4. Advertencia de clientes (y su registro y justificación en caso de querer modificar, tener acceso o cancelar...)

miércoles, 10 de abril de 2013

Pacientes españoles dan una nota de 8,4 a sus ambulatorios.


Los pacientes españoles dan una nota de 8,4 sobre 10 al funcionamiento de los ambulatorios, según ha mostrado una encuesta realizada por Eroski Consumer con el objetivo de analizar el funcionamiento de los ambulatorios y también la opinión de los usuarios que acuden a ellos.

lunes, 8 de abril de 2013

Legislación, logotipo y cartera de servicios de mi centro de fisioterapia.

Legislación. 
Para poder ir culminando nuestro centro de fisioterapia, debemos de tener en cuenta la legislación. Esta legislación debe de estar correcta para que a la hora de abrir nuestro centro no tengamos problemas.

Por lo tanto tenemos que tener en cuenta dos puntos esenciales, para que todo sea correcto bajo la legislación, por lo cual debemos de estar autorizados en estos puntos en concreto: